Se enmarca en el derecho a la información pública.
El diputado provincial Francisco Torroba (UCR) presentó en la legislatura provincial un Proyecto de Resolución mediante el cual “solicita al Poder Ejecutivo Provincial para que por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la provincia informe a esta legislatura respecto de los depósitos del Sector Público No Financiero por la suma de $ 13.038.009.000 en el Banco de La Pampa, según datos arrojados en la Memoria y Balance 2019 de esta entidad”.
“ En tal sentido informe – dice el proyecto:
1.- Qué porcentual de los depósitos identificados en el rubro Depósitos del
Sector Público No Financiero pertenecen a la provincia de La Pampa.
2.- Qué porcentual de los depósitos de la Provincia de la Pampa en el BLP
corresponden a depósitos en plazo fijo y a depósitos a la vista.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto de resolución se enmarca en la facultad del Poder Legislativo dada por el Artículo 68 inc. 8 de nuestra Constitución Provincial que habilita la solicitud de informes a los diferentes estamentos del Poder Ejecutivo Provincial y entes descentralizados y autárquicos. Esto se da en el marco de nuestra Constitución Nacional que reconoce el derecho de acceso a la información pública a través de los tratados sobre Derechos Humanos incorporados a la Constitución por el artículo 75 inciso 22. En tal sentido, el Pacto de San José de Costa Rica, artículo 13.1, establece que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
En la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 19, se instituye que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
También en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 19.2, dispone que “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
En este contexto es que se solicita al PEP informe respecto de ciertos datos contenidos en la Memoria y Balance 2019 del BLP. El Banco de La Pampa es una Sociedad de Economía Mixta cuyo capital está conformado por Acciones clase A (suscriptas exclusivamente por la provincia de La Pampa) y por acciones clase “B” (suscriptas por personas físicas o jurídicas). Al 31 de diciembre pasado la participación en el capital social está integrado de la siguiente manera: 78,09% correspondiente a la provincia de La Pampa, 5,61% correspondiente a la Caja de Previsión Social del Personal del BLP S.E.M, 2,92% correspondiente a la Caja Forense de Abogados y Procuradores y un 13,38% correspondiente accionistas agrupados.
El Banco de La Pampa es el agente financiero del Estado Provincial, Organismos Descentralizados y Autárquicos, Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa y la caja obligada para el ingreso de las rentas fiscales y de los dineros, títulos y depósitos de todas las reparticiones oficiales. En lo que respecta a los depósitos, según datos arrojados por la Memoria y Balance 2019 del Banco de La Pampa, encontramos la suma de 13.038.009 millones de pesos que corresponden a depósitos del Sector Público No financiero, en el rubro pasivos financieros. Dicho monto se vio incrementado en un 83% respecto del año anterior, ya que al 31-12-2018 dichos depósitos eran de 7.123.073 millones de pesos.
En virtud de estos datos y de la necesidad de contar con mayor información referida la institución financiera de la provincia, es que solicitamos al Poder Ejecutivo Provincial para que por intermedio del Ministerio de Hacienda se sirva informarnos que porcentual de dichos depósitos corresponden a la provincia de La Pampa, y dentro de este, que porcentual corresponde a depósitos en plazo fijo y depósitos a la vista”.