Diputada radical presentó proyecto.

La diputada provincial de la UCR, Gisela Cuadrado, presentó el proyecto destinado a la creación de la mencionada comisión en el ámbito legislativo.
El proyecto expresa:
Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la Legislatura Provincial una Comisión Especial para la evaluación y proyección de políticas públicas en materia de inclusión y abordaje integral e interdisciplinario que garantice el ejercicio pleno de los derechos a las personas con condición del neurodesarrollo.
Artículo 2°.- La Comisión tendrá por objeto:
a) Realizar seguimiento y evaluación de las políticas públicas y programas
implementados, proponiendo modificaciones a los efectos de fortalecer su efectividad;
b) Diseñar y proponer iniciativas legislativas sobre políticas públicas integrales, para
abordar las condiciones del neurodesarrollo y promover la inclusión social de las
personas neurodivergentes;
c) Proponer protocolos en la detección temprana y diagnóstico de condiciones del
neurodesarrollo, garantizando el acceso a servicios de salud especializados y
capacitados;
d) Desarrollar programas de abordaje, acompañamiento y seguimiento para las personas
neurodivergentes, considerando sus necesidades específicas y promoviendo su
autonomía y participación activa en la sociedad;
e) Impulsar medidas para la inclusión social y laboral de las personas neurodivergentes,
mediante la creación de oportunidades de empleo y capacitación, y la promoción de
una cultura de aceptación y respeto;
f) Evaluar y proponer políticas públicas en educación inclusiva y accesible para las
personas neurodivergentes, asegurando su derecho a una educación de calidad y
adaptada a sus necesidades;
g) Recomendar programas acceso a servicios de salud integral para las personas
neurodivergentes, incluyendo atención médica, psicológica y terapéutica;
h) Elaborar iniciativas a los fines de Fomentar la recreación y el ocio inclusivo para las
personas neurodivergentes, promoviendo su participación en actividades recreativas y
culturales adaptadas a sus necesidades;
Artículo 3°.- La Comisión se integrará con nueve (9) legisladores y/o los asesores que éstos designen en su representación de todos los bloques que integran la Cámara de Diputados.
Artículo 4 °.- Una vez creada y constituida la Comisión, establecerá un reglamento interno con las pautas de su funcionamiento.
Artículo 5°.- La Comisión tendrá la facultad de convocar a funcionarios, especialistas y
expertos en materia de inclusión y neurodiversidad.
Artículo 6°.- Se invitará al Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, Ministerio de Educación y Ministerio de Salud de la provincia a los efectos de dar cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 2° de la presente.
FUNDAMENTOS
Es claro el compromiso de esta Cámara con la inclusión, ya que desde diferentes bloques legislativos se han presentado proyectos sobre esta temática. El presente proyecto busca unificar esfuerzos y reunir iniciativas que se relacionen con la detección temprana, diagnóstico, abordaje y seguimiento de los trastornos del neurodesarrollo, como así también relativos a la salud integral, inclusión social, trabajo, educación y recreación de las personas neurodivergentes.
Ser una persona neurodivergente significa tener un cerebro que funciona de manera diferente a lo que se considera "normal", procesar la información y experimentar el mundo que difiere del considerado neurotípico.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la
Asamblea General de la ONU, fue ratificada por la Argentina a través de la ley 26.378, y
promulgada por decreto 895/2008. Para posteriormente obtener jerarquía constitucional mediante el procedimiento previsto en el artículo 75 inc. 22 párrafo 3° por ley N° 27.044.
La referida Convención en su artículo 4º, punto 1 establece entre otras obligaciones de los Estados Parte, la de asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad, sin discriminación alguna por motivos de discapacidad, adoptando todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención.
Como legisladores, debemos garantizar el pleno ejercicio y protección de los derechos de las personas neurodivegentes, como así también generar, instar e implementar políticas públicas que velen por la inclusión.
Tampoco puede ignorar este cuerpo que las políticas sobre inclusión deben ser consensuadas entre los diferentes actores y las familias neurodivergentes.
En ese contexto y la realidad que enfrentan las familias neurodivegentes en la conquista y reconocimiento de los derechos de sus hijos, es necesario una articulación entre el poder ejecutivo y el poder legislativo, y un acuerdo entre los ministerios para que estos niños puedan tener una vida social plena sin recurrir en muchos caso a amparos judiciales.
Estimó necesaria una decisión de política de Estado de jerarquía legislativa. Es así que se crea una comisión que por un lado reúne las características propiciadas por los Tratados de Derechos Humanos y las recomendaciones de los Organismos en la materia y por otro recoge las opiniones, necesidades y puntos de vista de los sujetos de derecho.