Se trató en comisión legislativa el proyecto de Francisco Torroba.
En la reunión de la Comisión de Derechos Humanos de la legislatura provincial tuvo tratamiento el proyecto presentado en el período anterior por el diputado provincial de la UCR, Francisco Torroba.
Bajo la presidencia de su hijo Javier, actual legislador, se consideró el proyecto para crear el Sistema Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes. El objetivo será garantizar todos los derechos reconocidos, tendientes a la prevención y prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles contemplados en los artículos 18 y 75 inciso 19 de la Constitución Nacional.
Se decidió cursar invitaciones a la subsecretaria de Derechos Humanos de la provincia, Paula Grotto y al Ministro de Seguridad Horacio Di Nápoli.
El proyecto prevé que dicho sistema provincial estará integrado por el Comité Provincial que atiende la cuestión y por el Consejo Consultivo de la misma área, que actuarían en forma coordinada.
El nuevo sistema funcionaría realizando monitoreo, con el fortalecimiento de las capacidades de los organismos estatales y no estatales para observar los lugares de detención y la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad.
Se dispondría que el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, estará constituído por siete miembros que durarán cuatro años en su cargo, sin percibir remuneración alguna.
Estaría integrado por el o la subsecretario/a de Derechos Humanos; dos miembros de la Cámara de Diputados (uno por la mayoría y el otro por la minoría); tres miembros de ONG de Derechos Humanos; y un representante de la Universidad Nacional de La Pampa.
No podrán integrar ese Comité Provincial las personas que hayan desempeñado cargos de responsabilidad política en los regímenes de facto; que hayan integrado fuerzas de seguridad y hubieran sido denunciados, o tengan antecedentes de haber participado, consentido o convalidado hechos de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Naturalmente tampoco podrán estar personas de las que existan pruebas suficientes de participar en hechos que entren en la categoría de crímenes de lesa humanidad.